En este primer acuerdo, rubricado por los principales directivos y consejeros delegados de dichas compañías, se pretende ofrecer un conjunto de "garantías especialmente" en la forma, reiteración y control de las llamadas que reciben los consumidores.
Las firmas precisaron que esta autorregulación, y el propio 'código deontológico' antes comentado, es sólo un primer paso pues se "seguirá trabajando para la inclusión de nuevas iniciativas" que las compañías de telecomunicaciones implementarán para "fortalecer el compromiso de buen servicio y buenas prácticas con los usuarios".
Además de las compañías antes citadas, otros operadores, algunos de los cuáles ya conocen este código, podrán sumarse a la alianza, que tiene carácter "abierto".
En este sentido fuentes de Jazztel señalaron a Europa Press (fuente de esta noticia) que la compañía, que no forma parte de la alianza, si bien está totalmente de acuerdo con promover este tipo de prácticas, considera que este código es una "intención de mínimos", ya que no incluye algunas cláusulas elementales como la de prohibir la subdistribución por parte de los agentes o la inclusión de "estrictas reglas" como el establecimiento de procesos concluyentes de gestión de los derechos de oposición o el establecimiento de penalizaciones para quien vulnere las reglas fijadas.
PRINCIPALES CLÁUSULAS
Entre las principales cláusulas incluidas en el citado código destaca la de comprometerse a que, cuando un consumidor conteste a la llamada y manifieste "no tener interés por la propuesta", la operadora "no volverá a llamar" al cliente hasta después de tres meses a partir de esa llamada.
Para esto, las operadoras contarán con procedimientos que garanticen que no se contactará con los consumidores incluidos en listas en las que se explicita expresamente el deseo de no recibir este tipo de llamadas o publicidad.
Asimismo, se garantizará en "al menos" un 98% de los casos que, una vez que el consumidor atienda la llamada de televenta, le conteste un teleoperador antes de los tres segundos y no se utilizarán medios engañosos ni desleales para la competencia con el fin de obtener del consumidor datos o contestaciones que pudieran interpretarse como una aceptación al cambio de operadora o cualquier otro comportamiento económico.
Este código limitará además a tres el número de intentos mensuales sobre líneas no contactadas y se limitarán las franjas horarias de ejecución de llamadas a horarios no "intrusivos" para los consumidores, considerándose como tales de lunes a viernes de 9 a 22 horas, los sábados de 9 a 14 horas, evitándose las llamadas los domingos y festivos.
Las operadoras se identificarán de forma clara e inequívoca evitando manifestaciones que puedan llevar a confusión o engaño a este respecto y se identificará el número desde el que se genere el contacto con el consumidor, de forma que el mismo aparezca en la pantalla del terminal.
Parece que el sector del telemarketing (muy dañado por la subcontratación de call centers en países sudamericanos y el constante bombardeo de llamadas indiscriminadas) deberá autoregularse si quiere sobrevivir, ya que últimamente se está tachando a este sector como "Spam telefónico", algo que no hubiera pasado si las compañías hubieran establecido mucho antes unas normas más estrictas para los teleoperadores así como para las mismas empresas de telemarketing.